Si usted es inquilino y vive en un edificio en el cual el contrato de suministro de agua no es individualizado, es importante saber que el copropietario ahora debe transmitirle una factura de agua así como información sobre la calidad del agua. Esta obligación está prevista por una ordenanza del 22 de diciembre de 2022. Por su parte, los copropietarios obtienen estos elementos a través del administrador de la propiedad horizontal.
¿Lo sabía? Desde el 12 de noviembre de 2007, las copropiedades recién construidas deben obligatoriamente disponer de contadores de agua individuales. Esta disposición, por lo tanto, no concierne a los edificios construidos después de esta fecha.
En una copropiedad que dispone de un único contador de agua general, el sindicato de copropiedad está encargado de la facturación del agua y la distribución de los gastos se define por el reglamento de copropiedad en función de los tantémes de cargas. Los copropietarios no reciben directamente una factura por el consumo de agua del hogar, sino que pagan su parte proporcional a través de los llamados de fondos provisionales calculados por el administrador. Desde diciembre de 2022, por lo tanto, los administradores tienen una nueva obligación de transmitir a los copropietarios una factura de agua así como una nota informativa sobre la calidad del agua del grifo, proporcionadas por el municipio o el establecimiento público competente. El administrador debe comunicar esta información al menos una vez al año, por ejemplo, durante la asamblea general anual de los copropietarios.
Cuando el copropietario también es arrendador del alojamiento en cuestión, la ordenanza le obliga a transmitir la factura de agua y la información sobre la calidad del agua a su inquilino al mismo tiempo que la comunicación del desglose de gastos o al menos una vez al año.